martes, 4 de julio de 2023

La OCU advierte de 10 malas prácticas de los bares que afectan a tu bolsillo

 Que España es uno de los países que más bares tiene no es un secreto, y es que el buen clima y la rica gastronomía de nuestro país, lo hacen el ambiente idóneo para salir a disfrutar de una comida en restaurantes y bares. Pero un momento que debería ser para divertirse puede convertirse uno amargo si nos topamos en estos establecimientos con prácticas que no son del todo buenas. Para ello, la OCU advierte a todos los consumidores, sobre algunas malas prácticas que se ven en muchos locales de hostelería y de su legalidad.

Estando en pleno julio y temporada de vacaciones, los bares y restaurantes están a tope de ocupación, y conseguir una mesa puede ser algo complicado. Por ello son muchos los establecimientos que cada vez más ponen ciertos tipos de restricciones a la hora de hacer reservas, como no reservar mesas para una persona, pedir un adelanto, o tener que elegir un menú cerrado para toda la mesa. Pero…. ¿Son legales estas prácticas? Muchas de ellas, por injustas que nos parezcan, sí que lo son, aunque hay otras que no son legales y conviene saberlas para que no engañen.

Los establecimientos de hostelería pueden tener libertad para poner condiciones a los servicios que ofrecen, siempre que no estén prohibidas específicamente en alguna normativa ni atenten contra los derechos fundamentales. Para ello tendrán que informar de esas condiciones claramente y con antelación a los usuarios. 

Anticipo para hacer una reserva

Consumir en mesa o terraza puede suponer un extra en nuestra cuenta, y será totalmente legal cobrar más en estos servicios siempre que esté avisado con antelación el importe indicándose en la carta de precios y el establecimiento. Además, debe aparecer posteriormente desglosado en la factura.

Menús solo con códigos QR

Es ilegal, los precios que deben indicarse en la carta son los finales que se cobrarán al consumidor, por lo que deben incluir el IVA. Aunque la carta indique precios sin IVA, esa práctica sería ilegal. 

No aceptar pagos con tarjeta

Tanto no aceptar pagos con tarjeta, como solo aceptarlos a partir de un importe, es legal, por muy engorroso que nos parezca, eso sí, si no se acepta este tipo de pagos, deberá estar indicado en el establecimiento antes de que el cliente consuma. Una práctica que no es legal es la de no aceptar pagos en efectivo, siempre que estos se hagan con la moneda en curso legal. 

Obligar a dejar propina

En España la propina es voluntaria, por lo que ningún establecimiento puede obligar o incluir propinas en la cuenta. 

No reservar mesas a personas solas 

No hay ninguna norma que lo impida, salvo que pueda ser discriminatorio y atentar contra los derechos fundamentales. Es una práctica que ya puede verse en muchos restaurantes, y aunque no es muy justa, sí que es legal. 

CoAdemás de abusivo, es ilegal, según la Ley de Residuos, los bares y restaurantes deben tener agua corriente gratuita para los clientes que la pidan.brar por el agua del grifo 

No dejar usar el baño si no se consume 

Las normativas no reflejan nada al respecto, por lo que se suele dejar a elección de los establecimientos si dejan o no usar el baño a las personas que no sean clientes. Únicamente en Castilla y León se establece una norma autonómica en la que niega el derecho a usar el baño a los que no sean clientes. En cuánto a cobrar por utilizarlos, la norma tampoco es clara, pero debería entenderse como un servicio gratis para los clientes, ya que para poder obtener la licencia deben cumplir con la normativa sobre los baños según el aforo.

Cobrar por el cubierto o el pan 

La Ley establece que el servicio ya está incluido en el precio, por lo que no pueden cobrarte por el cubierto, a no ser que haya una normativa autonómica específica que lo permita. 
En cuánto al pan o el hielo, se puede cobrar de más siempre y cuándo se especifique, y el precio esté indicado en la carta.






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