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Renta 2015: consejos prácticos para afrontar la declaración y cumplir con Hacienda

15/03/2016 - 11:27
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El próximo 6 de abril da comienzo el plazo en el que los contribuyentes tendrán que presentar la declaración de la renta o confirmar su borrador, esta vez para todo lo relacionado con el ejercicio de 2015. Pero antes de hacer nada, lo principal es tener en cuenta los cambios que incluye la reforma fiscal de la Ley 26/2014, que entró en vigor el 1 de enero de 2015.
La razón es clara: es importante conocer y valorar los cambios introducidos para no cometer errores que le generen problemas con Hacienda. Además, es el momento de recopilar toda la información relativa al ejercicio, especialmente deducciones y reducciones, para poder rebajar todo lo posible su carga fiscal.
De igual forma, es necesario tener presente los distintos ingresos de cualquier naturaleza, ya que si presenta su declaración, esta debe incluir todas las rentas generadas en el año.
Una vez que ya tiene todo más claro, hay ciertas recomendaciones fundamentales que puede tener presente a la hora de realizar el borrador. Aquí le mostramos algunas de las más importantes:
- Revise siempre su borrador antes de entregarlo, ya que puede que no sea correcto.
- Tenga en cuenta que hay deducciones y beneficios fiscales que no aparecerán automáticamente, por lo que debe incluirlos para que se apliquen al resultado.
- Elija la forma de tributar más ventajosa: conjunta o individual.
- Reporte si ha tenido un hijo a lo largo del año.
- Mencione si ha acogido a un padre/madre u otro familiar en el hogar y ahora es dependiente suyo.
- Compruebe si puede acogerse a deducciones autonómicas.
- Informe si ha realizado aportaciones al sindicato.
- Puede ser que usted no tenga obligación de hacer la declaración, pero asegúrese de que el resultado no es a devolver antes de decidir no presentarla.
- Solicite el justificante de las deducciones a las que pueda acceder, tanto estatales como autonómicas, para tenerlo acreditado en caso de que le sea requerido.
- Pida la ayuda de un profesional si tiene dudas a la hora de hacer su declaración.
Como se ha dicho, la temporada dará inició el día 6 para presentar el borrador o la declaración telemáticamente, pero si prefiere hacerlo en una entidad colaboradora, el plazo comienza el 10 de mayo. En cuanto al cierre, este está fijado para el 25 de junio para los elijan la domiciliación bancaria para el resultado y el 30 de junio para los que no elijan esta opción.
Miriam Revilla, economista y responsable del departamento fiscal de dPG Legal