De acuerdo con los últimos cambios regulatorios publicados por el Gobierno, te informamos de que si NO has solicitado la renovación antes del 8 de octubre de 2018:
- Tu suministro comenzará a facturarse al PVPC sin descuento.
- Y si solicitas la renovación entre el 8 de octubre y el 31 de diciembre de 2018 y finalmente te es asignado el bono social, es posible que en las facturas correspondientes a los meses de octubre, noviembre y diciembre no se refleje el descuento, pero se te aplicará retroactivamente en las facturas posteriores.
- El Bono Social es un descuento en la factura de la luz. Está regulado por el Gobierno y pretende proteger a los hogares considerados vulnerables.
- on la entrada en vigor en octubre de 2017 del Real Decreto 897/2017 cambian los requisitos para tener derecho al Bono Social
- Para beneficiarte del Bono Social debes tener la tarifa eléctrica PVPC (con o sin discriminación horaria) y una potencia igual o inferior a 10 kW en tu vivienda habitual.Además, deberás cumplir los requisitos para ser considerado cliente vulnerable, cliente vulnerable severo o cliente vulnerable severo en riesgo de exclusión social.
- Se considera que son clientes vulnerables (descuento en factura del 25%) las personas que sean titulares de un contrato de tarifa regulada (PVPC) y cumplan alguno de estos requisitos.
- 1,5 veces el IPREM*: si no forma parte de una unidad familiar o no hay menores a cargo.
- 2 veces el IPREM*: si hay 1 menor en la unidad familiar.
- 2,5 veces el IPREM*: si hay 2 menores en la unidad familiar.
- IPREM anual 14 pagas válido para 2018: 7.519,59 eurosTodos estos umbrales se incrementarán en 0,5 veces el IPREM si se cumple alguna de estas circunstancias
- Que algún miembro de la unidad familiar tenga una discapacidad reconocida igual o superior al 33%, sea víctima de violencia de género o víctima de terrorismo.
- Que algún miembro de la unidad familiar se encuentre en situación de dependencia reconocida de grado 2 o 3.
- Que se acredite que la unidad familiar está integrada por un único progenitor y, al menos, un menor (familias monoparentales).
Pensionistas: que el solicitante (o en caso de que haya unidad familiar, todos los miembros de la misma) que tengan ingresos, perciban la pensión mínima (por jubilación o incapacidad permanente) y no perciban otros ingresos cuya cuantía agregada anual supere los 500€.- Familias numerosas: todas sin excepción.
- Se considera que son vulnerables severos (descuento en factura del 40%):
- Por nivel de renta: quienes cumplan los requisitos para ser considerados clientes vulnerables y además tengan niveles de renta inferiores al 50% de los límites válidos para clientes vulnerables.
- Pensionistas: que todos los miembros de la unidad familiar sean pensionistas de la Seguridad Social, perciban la pensión mínima (por jubilación o invalidez permanente) y tengan una renta anual inferior o igual a 1 vez el IPREM.
- Familias
- Pensionistas: 1.932 kWh de electricidad consumida al año.
- Familias numerosas: 4.140 kWh/año.
- Consumidores sin menores a cargo: 1.380 kWh/año.
- Consumidores con un menor a cargo: 1.932 kWh/año.
- Consumidores con dos menores a cargo: 2.346 kWh/año.
- Pensi
entación necesaria
- Familias numerosas: 4.140 kWh/año.
- Consumidores sin menores a cargo: 1.380 kWh/año.
- Consumidores con un menor a cargo: 1.932 kWh/año.
- Consumidores con dos menores a cargo: 2.346 kWh/año.
- numerosas: con renta inferior a 2 veces el IPREM
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